AVISO A CLIENTES
MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS
De conformidad con la Cláusula 30 del Contrato de Servicios Bancarios (en adelante EL CONTRATO) celebrado con BANCO ALIADO, notificamos de la modificación de los siguientes puntos:
10. DÉBITO DE OBLIGACIONES O CORRECCIONES DE CRÉDITO:
EL CLIENTE acepta y autoriza expresamente a BANCO ALIADO para que, en caso de incumplimiento de cualquier obligación contraída bajo el presente contrato o cualquier otro contrato de financiamiento, crédito o servicio con BANCO ALIADO, pueda cobrarse el importe total de dichas obligaciones, incluyendo el capital adeudado, intereses ordinarios y moratorios, comisiones, y cualquier gasto o costo asociado, (incluyendo sin ser limitante, sumas adeudadas producto de fraude), directamente de cualquiera cuenta de depósito que EL CLIENTE mantenga en BANCO ALIADO, como por ejemplo (cuentas de ahorro, cuentas corrientes, cuentas a plazo fijo, cuentas a término), o en otra forma en BANCO ALIADO, indistintamente del propósito para el cual fueron abiertas, o sobre cualquier pago futuro que BANCO ALIADO le deba efectuar, y aplicar las cantidades deducidas para el pago o reducción de las sumas que EL CLIENTE adeude a BANCO ALIADO para así cumplir con su obligación de pago y evitar incremento en su morosidad. lo anterior sin perjuicio del derecho de la ejecución de cualquier garantía que EL CLIENTE haya otorgado a BANCO ALIADO para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones hasta su total cancelación. EL CLIENTE podrá siempre recurrir a las autoridades competentes para revisión de cualquier insatisfacción de los montos compensados contra la deuda que mantiene con BANCO ALIADO.
EL CLIENTE también acepta que BANCO ALIADO podrá realizar dicha compensación sin necesidad de notificación previa, aplicando los fondos disponibles en cualquiera de las cuentas antes mencionadas para cubrir la totalidad de la deuda pendiente. En caso de que la obligación esté denominada en una moneda distinta a la de las cuentas, BANCO ALIADO podrá realizar la conversión de los fondos de acuerdo con la tasa de cambio vigente al momento de la operación. EL CLIENTE reconoce que esta autorización será aplicable a la totalidad de los fondos, sin importar su origen, y que el banco no incurrirá en responsabilidad alguna por el ejercicio de esta facultad.
Este derecho aquí reconocido a favor de BANCO ALIADO no implica la extinción de la obligación de EL CLIENTE de pagar los saldos insolutos que siga adeudando. BANCO ALIADO no financiará sumas adeudadas por EL CLIENTE, por razón de transacciones fraudulentas.
Igualmente EL CLIENTE autoriza expresamente a BANCO ALIADO para que pueda realizar los débitos o cargos que requiera para efectuar todas aquellas deducciones y/o retenciones que, en el presente o en el futuro, exijan las leyes, decretos, reglamentaciones, regulaciones, acuerdos y cualesquiera otras normativas aplicables, ya sea por las autoridades fiscales, bancarias o por cualquier otra institución y/o agencia dentro de la República de Panamá, en concepto de impuestos, gravámenes, tasas, comisiones y otros.
Los créditos o anotaciones hechas por error a una cuenta de EL CLIENTE podrán ser anulados por BANCO ALIADO mediante el correspondiente débito. De igual manera, como todo crédito hecho por BANCO ALIADO a una cuenta de EL CLIENTE por razón del depósito de un cheque o la negociación de un documento es bajo la condición de que dicho cheque o documento será pagado a su vencimiento, es entendido que si no es pagado en esa fecha BANCO ALIADO queda autorizado para hacer el correspondiente débito, pudiendo, además, cobrar los intereses y comisiones causadas. Es entendido que el débito podrá ser hecho aun cuando los documentos no puedan ser devueltos.
Asimismo, EL CLIENTE reconoce que las condiciones establecidas en esta cláusula son plenamente aplicables al Contrato de Tarjeta de Crédito que se describe en la Sección “G” del presente contrato.
18. GRAVAMEN, TRANSFERENCIA O CESIÓN DE SALDO
BANCO ALIADO no reconocerá ningún gravamen, transferencia o cesión que EL CLIENTE haga, en su totalidad o en parte, del saldo de la cuenta, menos que se le haya avisado previamente por escrito a este efecto, en forma satisfactoria, y que se haya hecho constar en los registros de BANCO ALIADO conforme lo dispuesto en este CONTRATO. BANCO ALIADO se reserva el derecho de exigir siete (7) días de aviso, por escrito, de la intención de retirar todo o parte del saldo de una cuenta, pero podrá, a su opción, hacer pagos sin dicho aviso, en cuyo caso tales pagos no implicarán que BANCO ALIADO haya renunciado a su derecho de exigir tal aviso en otros pagos. EL CLIENTE acepta que BANCO ALIADO deberá atender las órdenes que a propósito de sus cuentas cursen las autoridades competentes de la República de Panamá.
Toda consignación hecha por EL CLIENTE a favor de otros bancos implica la autorización a BANCO ALIADO para cargar en su Cuenta el valor de la comisión por el traslado de fondos.
BANCO ALIADO no será responsable para con EL CLIENTE en caso de que la cuenta se reduzca por impuestos, tributos o devaluaciones o por la indisponibilidad de todo o parte de los bienes o valores depositados, debidos a controles de cambio, secuestros, embargos, actos de autoridad o por cualquier causa fuera del control de BANCO ALIADO. BANCO ALIADO tampoco responderá por demoras en el pago de retiros o en la atención de órdenes, autorizaciones o instrucciones.
EL CLIENTE autoriza expresamente a BANCO ALIADO, para que cuando lo considere conveniente, pueda endosar, vender, ceder, participar o traspasar bajo estos o cualquier otro título el presente Contrato, sus derechos y obligaciones incluyendo el cobro del crédito a que hubiere lugar, a cualquier tercero, sin necesidad de aviso previo ni posterior a EL CLIENTE para lo que BANCO ALIADO queda expresamente autorizado por EL CLIENTE para suministrar a cualquier comprador, cesionario o adquirente o a cualquier interesado eventualmente en la compra, cesión, endoso o adquisición de este Contrato, sus derecho, obligaciones, el crédito y todo documento e información relacionada con el presente Contrato, EL CLIENTE, su situación financiera, con el estado de los créditos y demás derechos de BANCO ALIADO dimanantes de este Contrato y de sus garantías, así como toda la información que BANCO ALIADO estime conveniente, para el fin antes descrito, exonerando de manera expresa a BANCO ALIADO de cualquier consecuencia resultante del ejercicio que BANCO ALIADO haga del derecho de suministrar dicha información.
36. INSTRUCCIONES TELEFÓNICAS Y POR OTROS MEDIOS
Previo consentimiento de EL CLIENTE, BANCO ALIADO podrá grabar cualquier llamada telefónica que se relacione con sus cuentas o con los servicios solicitados a BANCO ALIADO, incluyendo los descritos en este Contrato de Servicios Bancarios, con el fin de garantizar la autenticidad y veracidad de las transacciones o consultas realizadas. Dichas grabaciones podrán ser almacenadas por BANCO ALIADO para llevar un registro de las conversaciones y para implementar los mecanismos y procedimientos de seguridad y confianza que considere adecuados para la correcta operación de sus sistemas. En caso de que EL CLIENTE no autorice la grabación de las llamadas telefónicas, deberá acudir personalmente a uno de los Centros de Relación de BANCO ALIADO para otorgar, confirmar o ejecutar las instrucciones, trámites o gestiones que desee realizar con BANCO ALIADO, incluyendo los servicios descritos en este Contrato de Servicios Bancarios.
Asimismo, EL CLIENTE reconoce que las condiciones establecidas en esta cláusula son plenamente aplicables al Contrato de Tarjeta de Crédito descrito en la Sección “G” del presente contrato, y que BANCO ALIADO podrá hacer uso de estas grabaciones en caso de disputas o consultas vinculadas al producto de tarjeta de crédito.
Queda entendido que una vez hecha la notificación de que trata el párrafo anterior en la página web de Banco Aliado (www.bancoaliado.com), EL CLIENTE tendrá un período de treinta (30) días para aceptar o rechazar la misma. Si EL CLIENTE dejase transcurrir dicho término sin rechazar las modificaciones o adiciones notificadas, se entenderá su silencio como la tácita aceptación de esta.
Confiamos en poder continuar brindándole nuestros servicios de la manera más eficiente y oportuna.
En nombre de BANCO ALIADO quedamos a su entera disposición para cualquier pregunta o consulta.
Sin otro particular, quedamos de ustedes.
BANCO ALIADO